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Network News • 2019-01-30

Gobierno de São Paulo zera ICMS de frutas, verduras y hortalizas envasadas

El gobernador João Doria firmó un decreto que exime el Impuesto sobre Operaciones Relativas a la Circulación de Mercancías (ICMS) de los productos hortifrutigraneros, extendiendo el beneficio a frutas, verduras y hortalizas que estén envasadas o resfriadas, aunque tengan han sido cortadas o descascadas.

La autorización fue dada por el Consejo Nacional de Política de Hacienda (Confaz), a través del Convenio ICMS-21/15, y se hizo posible tras la aprobación del Proyecto de Ley de 787/2017, del Sr. Estevão Galvão. El decreto será publicado en el Diario Oficial del Estado y la exención será válida a partir del 1 de febrero de 2019.

De gran importancia para el sector, el decreto atiende los pleitos de los productores y distribuidores que realizan operaciones dentro del Estado de São Paulo y recogen el ICMS con alícuota del 18%, o reducida al 12% cuando realizadas por fabricante o mayorista.

En cuanto a las operaciones con otras unidades de la Federación, el sector utilizaba alícuotas del 7% (destinadas al Norte, Nordeste, Centro-Oeste y Espírito Santo) o el 12% (Sur, Sudeste, excepto Espírito Santo). Y el 4%, en el caso de la mercancía importada.

La exención del ICMS se aplica a las operaciones con hortifrútis detalladas en el artículo 36 del Anexo I del Reglamento del ICMS, tales como calabaza, lechuga, patata, cebolla, espinaca, plátano y papaya, entre otros. Estos productos pueden estar rallados, cortados, picados, rebanados, torneados, pelados o desollados.

También se permite que estén lavados, higienizados, envasados o enfriados, siempre que no estén cocidos y no haya adición de otros productos distintos de los relacionados, aunque simplemente para su conservación.

El sector de hortalizas es el que más genera empleos directos en la cadena primaria: son hasta 25 personas por hectárea, en trabajo fijo o temporal. El valor de la producción agropecuaria paulista en 2018, de acuerdo con datos de la Secretaría Estatal de Agricultura y Abastecimiento, fue de cerca de R $ 74 mil millones.

De ese total, aproximadamente el 15% representan ingresos provenientes de la producción de frutas y hortalizas. Según estimaciones del sector, al menos 50 mil agricultores paulistas se beneficiarán con la deshonación.

Para el gobernador, la medida es una de las formas como la desburocratización del Estado puede fomentar la actividad económica: "Son menos el 18% de impuestos inútiles e inadecuados. Desafortunadamente, a lo largo de los años, varios productores fueron penalizados exactamente porque estaban haciendo lo correcto, limpiando, lavando y embalando sus productos, pero teniendo que pagar más impuestos y haciendo que los precios de frutas y verduras fueran más caros en los supermercados. A partir de ahora, São Paulo da este buen ejemplo que reduce el precio de alimentos para el consumidor a todos los niveles.

Doria afirmó que otras medidas de desoneración fiscal pueden ser tomadas aún en 2019, en especial para los sectores de alimentación y de higiene y limpieza. Sin embargo, el gobernador espera contrapartidas inmediatas del sector privado, como la caída de los precios para el consumidor final de ítems que se deshonran.

"Acciones de esta naturaleza posiblemente se repetirán a lo largo del año. "Menos burocracia, menos impuestos, más motivación para productores y distribuidores y, con ello, generando más empleo y renta, y al generar ingresos y más empleo, generamos más impuestos y el Estado cumple también su objetivo social", finalizó Doria.

El secretario estadual de Agricultura y Abastecimiento, Gustavo Diniz Junqueira, también habló sobre la importancia del acto para los productores paulistas: "El decreto firmado hoy va al encuentro de la propuesta de incentivar al productor a agregar valor a su producto para aumentar los ingresos. Estamos reparando una injusticia con el agricultor que tiene espíritu emprendedor, y alentando a aquellos que no se preocupaban por la presentación de sus productos a hacerlo de manera a ganar más.

Los productos contemplados se detallan en el artículo 36, Anexo I del Reglamento del ICMS, ítems I a VIII y X a XII, conforme a lo dispuesto a continuación:

  1. En el caso de que se produzca un cambio en la calidad de los alimentos, se debe tener en cuenta que,
  2. Bardana, patata, patata dulce, berenjena, cerdilla, remolacha, brócoli y brotes de vegetales usados en la alimentación humana;
  3. Cacetera, cambuquira, camomila, caracteres, cardo, catalán, cebolla, cebolla, zanahoria, achicoria, chuchu, cilantro, hongo, comino, col y coliflor;
  4. Endivia, hierbabuena, hierba de santa maria, hierbabuena, guisante, escarola, espárrago y espinaca;
  5. Hinojo, flores y frutas frescas, excepto las almendras, avellanas, castañas y nueces;
  6. jengibre, menta, inhame, jiló y losna;
  7. Macaxeira, mandioca, albahaca, albahaca, maxixe, maíz verde, moranga y mostaza;
  8. nabina y nabo;
  9. Palmito, pepino, pimienta y pimiento;
  10. quiabo, rábano, raíz fuerte, repollo, repollo chino, rúcula, ruibarbo, perejil, salsón y seguetha;
  11. Taioba, tampala, tomate, tomillo y vaina.
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